Una de las tres evaluaciones que contempla el Decreto Ley 1278 de 2002 es la evaluación de competencias, es importante que conozca los detalles.

Esta evaluación se encuentra definida en el artículo 35 del DL 1278 de 2002, se realiza cada vez que la correspondiente entidad territorial lo considere conveniente, sin que en ningún caso transcurra un término superior a seis (6) años entre una y otra.

Evaluación que hoy se encuentra vigente y reglamentada en el decreto 1657 de 2016, y que es de Carácter Diagnóstica Formativa EDF.

Características: i) es de carácter voluntario para docentes y directivos docentes, ii) solo pueden inscribirse en la evaluación los docentes y directivos docentes inscritos en el Escalafón Docente, iii) busca permitir el ascenso de grado o el cambio de nivel en un mismo grado, iv) para docentes se hará por grados en el Escalafón y para directivos docentes por cargos, v) valora las competencias de logro y acción, ayuda y servicio, liderazgo y dirección, eficacia personal y competencias cognitivas, vi) el Ministerio de Educación Nacional es el responsable del diseño de las pruebas y definirá los procedimientos para su aplicación.

¿En qué consiste?

Cuando se habla de reubicación de nivel salarial estamos frente al paso de un educador al nivel siguiente dentro del mismo grado del Escalafón Docente.

Mientras que un ascenso es la promoción de un educador a otro grado del Escalafón Docente, quien asciende a un grado conserva el nivel alcanzado en el grado inmediatamente anterior.

evaluación de competencias docentes 1278

¿Cuáles son los principios que rigen la evaluación?

Es importante que conozca los principios que rigen esta evaluación, entre ellos tenemos: i) enfoque cualitativo, ii) contexto y reflexión, iii) integralidad y validez, iv) actividad educativa y pedagógica en el aula, v) transparencia, vi) democracia, vii) respeto de la autonomía escolar, viii) libertad de cátedra y ix) pluralismo pedagógico.

Requisitos para participar

  1. Estar ejerciendo el cargo con derechos de carrera y estar inscrito en el Escalafón Docente.
  2. Haber cumplido tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha de la primera posesión en período de prueba.
  3. Haber obtenido una calificación mínima del sesenta por ciento (60%) en las últimas dos evaluaciones anuales de desempeño que haya presentado.

Las entidades territoriales certificadas serán las responsables de verificar que los educadores que participen cumplan con el requisito de las dos últimas evaluaciones anules de desempeño.

Lo que debe saber y quizás no sabe

Algunas situaciones administrativas que separan a los docentes y directivos docentes temporalmente del servicio, entre ellos: suspensión en el ejercicio del cargo, comisión para desempeñar un cargo de libre nombramiento y remoción, licencia no remunerada, interrumpen el tiempo de servicio necesario para efectos de participar en la evaluación.

No obstante, los docentes que se encuentren en comisión o permiso sindical podrán inscribirse en la evaluación de competencias.

El término máximo para radicar el título que pretende hacer valer para el ascenso de grado en el Escalafón Docente, será hasta antes de la etapa de divulgación del resultado de la evaluación de competencias según el cronograma definido por el MEN, previo a la convocatoria de la evaluación.

Responsabilidades Generales

Etapas del Proceso

Conclusión

Cada una de las etapas dentro del proceso de evaluación deben ser atendidas con mucha rigurosidad, es por ello que lo invitamos a resolver cualquier duda al respecto con nuestros profesionales.

Si necesita profundizar en la evaluación de competencias docentes 1278, lo invitamos a elevar sus consultas a través de nuestro WhatsApp o puedes conocer más en nuestra página.