Conoce qué es, los requisitos y las formas para reubicarse a nivel salarial en el escalafón docente.
Los educadores estatales regidos por el Decreto Ley 1278 de 2002 (Estatuto de Profesionalización Docente) que gozan de los derechos derivados del sistema especial de carrera docente, pueden ser reubicados de nivel salarial en el escalafón docente, con la superación de la Evaluación de Carácter Diagnóstica Formativa, para lo cual es importante tener claridad frente a cuales son los requisitos para la participación en ésta.

Escalafón docente

Para tener claro lo relacionado con la reubicación de nivel salarial de los educadores estatales se debe tener presente qué es el escalafón docente, y para ello, el artículo 19 y siguientes del Decreto Ley 1278 de 2002, contemplan que se trata del sistema de clasificación de los docentes y directivos docentes estatales, conformado por los diferentes grados y niveles que pueden ir alcanzado durante su vida laboral y que de un lado garantizan la permanencia en el sistema especial de carrera docente con base en la idoneidad demostrada, y de otro, permiten asignar el correspondiente salario.
Es importante precisar que el escalafón docente regulado en el Estatuto de Profesionalización, se encuentra conformado por tres (3) grados establecidos con base en la formación académica y cada uno de ellos esta compuesto por cuatro (4) niveles salariales (A-B-C-D), en los cuales el educador se puede reubicar en su vida laboral.
De ahí que, los educadores que superan el periodo de prueba son ubicados en el nivel salarial A del correspondiente grado, según el título académico que acrediten y pueden ser reubicados de nivel salarial o ascendidos de grado, después de tres (3) años de servicio, siempre y cuando cumplan los requisitos y superen la ECDF.

Reubicación Salarial en el Escalafón Docente

La reubicación de nivel salarial es el paso de un educador al nivel inmediatamente siguiente dentro del mismo grado del escalafón, tal como se ejemplifica en la siguiente gráfica.
Reubicación Salarial

Requisitos para la Reubicación de Nivel Salarial

La reubicación de nivel salarial en el escalafón docente se realiza a través de la ECDF de acuerdo con el cronograma y los lineamientos definitivos por el Ministerio de Educación Nacional y es concedida a los educadores que superen la evaluación con un puntaje igual o superior al 80% y hayan cumplido con los requisitos, tal como se detallan a continuación:
  1. Estar ejerciendo el cargo con derechos de carrera y estar inscrito en el escalafón docente
  2. Haber cumplido tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha de la primera posesión en periodo de prueba
  3. Haber obtenido una calificación mínima del sesenta por ciento (60%) en las dos últimas evaluaciones de desempeño anual que haya presentado
Cabe precisar que para la reubicación de nivel salarial no se requiere la acreditación de título académico.
Superada la evaluación y a partir de la publicación de los listados de candidatos, la entidad territorial certificada cuenta con quince (15) días para expedir el acto administrativo de reubicación de nivel salarial en el escalafón docente, siempre y cuando estén acreditados todos los requisitos establecidos. Así mismo, es dable precisar que la reubicación de nivel salarial surtirá efectos fiscales a partir de la fecha de la publicación de los listados definitivos de candidatos.
Frente a la decisión adoptada en el acto administrativo de reubicación de nivel salarial, el educador dispone del recurso de reposición ante la Entidad territorial certificada en educación que lo profirió, y en subsidio el de apelación ante la Comisión Nacional del Servicio Civil.

Conclusión

Los educadores estatales pertenecientes al sistema especial de carrera docente, podrán ser reubicados de nivel salarial después de tres (3) años de servicios, cuando sea convocado el proceso por el Ministerio de Educación Nacional y los educadores inscritos cumplan los requisitos y superen la ECDF con al menos un puntaje del 80%. A diferencia del ascenso, para el caso de la reubicación no se requiere la acreditación de título académico.

Lo invitamos a conocer el proceso, que aunque es sencillo debe realizarse con mucho cuidado ya que existen términos y particularidades para la acreditación de requisitos e inclusive para el cargue de instrumentos, todo ello dentro de la Carrera Docente. Conocemos el proceso en detalle, podemos asesorarlo de manera efectiva.